DERECHO DE EXTRANJEROS, EMIGRACIÓN E INMIGRACIÓN

La legislación portuguesa establece que dan acceso a la residencia en Portugal los siguientes visados:

-Visado de Residencia para el Ejercicio de Actividad Profesional -Subordinada (D1) - Para quienes vengan con promesa de trabajo o contrato de trabajo de Portugal.

-Visa de Residencia para el Ejercicio de Actividad Profesional Independiente y para Inmigrantes Emprendedores (D2) - Para los que vienen a ejercer una actividad profesional independiente o para los que quieren hacer aquí una inversión, por ejemplo, una empresa.

-Visa de Residencia para Investigación o Actividad Altamente Cualificada (D3) - Para estudiantes de doctorado o cualquier persona con una profesión altamente cualificada.

-Visa de Residencia para Estudios, Intercambio de Estudiantes de Enseñanza Secundaria, Prácticas o Voluntariado (D4) - Para estudiantes de enseñanza superior (licenciatura, máster), prácticas o voluntariado de duración superior a un año.

-Visado de Residencia para Movilidad de Estudiantes de Enseñanza Superior (D5) - Para residentes en el territorio de un Estado miembro de la Unión Europea, no aplicable a ciudadanos brasileños.

-Visa de Reagrupación Familiar (D6)

-Visado de Residencia para Pensionistas, Religiosos, Personas con Ingresos (D7) - Para pensionistas o personas que acrediten ingresos suficientes para mantener su unidad familiar.

-También prevé un Permiso de Residencia para:

-Actividades de Inversión (Golden Visa) - Para aquellos que realicen una inversión en Portugal, por ejemplo adquiriendo una propiedad por valor de 500.000,00 euros (quinientos mil euros) o más.

-La legislación portuguesa establece quién puede adquirir la nacionalidad portuguesa.

-Se destacan los siguientes:

-Un extranjero (mayor de edad o emancipado) que resida legalmente en Portugal desde hace al menos 5 años

-El extranjero que haya estado casado o en unión de hecho durante más de tres años con un portugués.

-Descendientes de portugueses (deben tener padre o abuelo portugués)

-Miembros de comunidades de ascendencia portuguesa como India (Goa, Daman, Diu, Dadrá y Nagar Aveli), Angola, Mozambique, Guinea-Bissau, Cabo Verde, Santo Tomé y Príncipe, Macao y Timor;

-Descendientes de judíos sefardíes portugueses.

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